El espacio marino de las costas españolas es un espacio de uso público de todos los españoles administrado por el estado (aguas exteriores) y por las comunidades autónomas (aguas interiores). La restricción discriminatoria de este uso público sin motivos válidos, en provecho de un grupo de particulares, constituye una violación de los principios fundamentales del estado español y un atentado a los derechos de los ciudadanos. Su uso y disfrute es patrimonio de todos y los pescadores submarinos forman parte de esos usuarios.
Artículo 14 de la Constitución Española de 1978
“Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.”
Artículo 14 de la Constitución Española de 1978
“Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.”
La Xunta de Galicia y las Cofrarias de pescadores profisionales no tienen el derecho de privatizar el mar y de prohibir a los ciudadanos españoles su usufruto!
El mar y los peces no son proriedad exclusiva de los marineros y los bancos, las playas y el interior de las rias tampoco son proriedad exclusiva de los mariscadores.
